¿Quiere recibir notificaciones de alertas?

Miércoles 11 de Marzo, Neuquén, Argentina
Logo Am2022
PUBLICIDAD

Pidió una licencia en la Municipalidad, se la negaron y terminó en la Justicia

Un trabajador municipal de Bariloche reclamó una licencia prevista en el estatuto del personal, pero el municipio la rechazó al considerar que no tenía la antigüedad suficiente.

Miércoles, 11 de marzo de 2026 a las 19:04
PUBLICIDAD
El caso llegó a la Justicia y el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro dejó firme el fallo que reconoció sus años de servicio.

Un pedido administrativo que parecía rutinario terminó escalando hasta el máximo tribunal de la provincia. Un trabajador de la Municipalidad de Bariloche solicitó una licencia prevista en el estatuto municipal, el Ejecutivo local se la negó y la discusión terminó en los tribunales. Finalmente, el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro cerró el caso y dejó firme la sentencia que reconoció la antigüedad laboral del empleado.

El conflicto comenzó cuando el trabajador pidió acceder a una licencia extraordinaria contemplada en el artículo 70 del Estatuto de Obreros y Empleados Municipales. La norma establece que cada cinco años de servicio el personal puede tomar seis meses de licencia, y que si durante ese período no existen sanciones disciplinarias, la mitad del tiempo se paga con goce de sueldo.

Sin embargo, desde el municipio rechazaron el pedido. El argumento fue que los años de servicio debían contarse desde septiembre de 2022, momento en que el trabajador pasó formalmente a planta permanente. Con ese criterio, no alcanzaba la antigüedad exigida.

Ante esa negativa, el empleado acudió a la Justicia para que se definiera cuál era la fecha válida para calcular su antigüedad dentro de la administración municipal. Durante el proceso se reconstruyó su trayectoria laboral y se acreditó que trabajaba para el municipio desde 2011, primero con contratos de servicios y luego, desde 2017, bajo la modalidad de contrato por categoría en el área legal del Instituto Municipal de Tierras, Viviendas y Hábitat Social.

Con recibos de sueldo y documentación administrativa incorporada al expediente, la Cámara Primera del Trabajo concluyó que el propio municipio había reconocido la antigüedad desde esa etapa previa. Por eso fijó el 1 de febrero de 2017 como la fecha válida para calcular los años de servicio vinculados a licencias y beneficios.

La Municipalidad intentó revertir esa decisión mediante un recurso extraordinario, pero fue declarado inadmisible. Luego presentó una queja ante el Superior Tribunal de Justicia, que finalmente rechazó el planteo y dejó firme la sentencia.

 

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD