La empresa MercadoLibre deberá resarcir económicamente a un cliente que en septiembre de 2023 compró a través de su plataforma una notebook y recibió un paquete que contenía una resma de hojas A4.
A pesar de los reclamos, la compañía nunca le brindó una solución y sostuvo que su intervención se limitó a suministrar herramientas y soluciones tecnológicas en su sitio web para que se celebre la compraventa. Se definió como “un mero intermediario entre usuarios” y sostuvo que “no integra la cadena de comercialización del producto”.
La jueza Civil María Eliana Reynals analizó la demanda en virtud de la Ley de Defensa del Consumidor. “Se encuentra acreditado que el actor adquirió a través de la plataforma de la demandada un bien mueble con destino de uso personal”, expuso. La magistrada explicó que la firma debió demostrar “su falta de culpa, o la existencia de una causa ajena para eximir su responsabilidad. Y no lo hizo”. Asimismo, hizo hincapié en que genera una apariencia que lleva “al consumidor a una persuasión, basada en la buena fe” y genera “la expectativa legítima de seguridad”.
“La doctrina especializada sostiene que las plataformas de comercio electrónico no pueden ser consideradas meros intermediarios, pues al diseñar y administrar el ecosistema digital asumen deberes de organización, control, seguridad y trato digno frente a los usuarios”, añadió.
De acuerdo a la demanda, luego de recibir la resma de hojas, el cliente reclamó a Mercado Libre por la garantía ofrecida denominada “compra protegida”, a través de la cual se brinda cobertura adicional por posibles inconvenientes. Sin embargo, la respuesta fue que había sido excluido por no cumplir con los términos y condiciones para acceder a ella.
“La decisión unilateral de excluir el reclamo del actor del programa compra protegida, sin fundamentación suficiente y en abierta contradicción con la publicidad desplegada en su sitio web constituye un incumplimiento contractual y una infracción a la normativa, que impone el deber de brindar información clara y veraz, además de un trato digno al consumidor”, sostuvo Reynals.
El fallo condenó a la empresa a la restitución del dinero abonado por la compra fallida y a reconocer los intereses devengados desde la fecha del reclamo. Asimismo, deberá pagar el doble del valor de la notebook por “la frustración, la pérdida de confianza y el impacto emocional que produjeron estos hechos” en el comprador. En tanto, MercadoLibre interpuso un recurso de apelación contra la sentencia.