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Condenaron a 8 años de prisión a la mujer que encerró a su novio en una casa y la incendió

Beatriz Cayún deberá cumplir la condena con prisión efectiva por causar un incendio en su hogar que resultó en la muerte de su pareja, José Catricura.
 

Por Redacción

Martes, 09 de diciembre de 2025 a las 15:12
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Imagen ilustrativa.

Beatriz Esther Cayún fue condenada a 8 años de prisión efectiva por el delito de incendio seguido de muerte, en perjuicio de su pareja, José Emiliano Catricura. El trágico hecho ocurrido el 10 de febrero de 2024 en la ciudad de San Martín de los Andes.

El tribunal colegiado, compuesto por los jueces Maximiliano Bagnat, Federico Sommer y Diego Chavarría Ruíz, dictó la sentencia tras un proceso judicial. 

El hecho tuvo lugar entre las 8:30 y las 9, después de que Cayún y Catricura participaran en una reunión comunitaria. En ese contexto, tras una discusión entre la pareja, la mujer arrojó nafta dentro de la vivienda que compartían y encendió un fósforo, lo que provocó un incendio que se propagó rápidamente.

La explosión resultante bloqueó la puerta de entrada, atrapando inicialmente a la víctima en el interior de la casa. Aunque logró salir por la parte trasera de la vivienda, sufrió quemaduras en el 90% de su cuerpo y falleció horas después en el hospital a causa de la gravedad de sus heridas. Cayún también resultó con quemaduras graves durante el siniestro, aunque sobrevivió.

Durante la audiencia de cesura, el fiscal jefe Gastón Ávila solicitó una pena de 9 años de prisión, un año por encima del mínimo legal. Ávila destacó varios factores que justificaban la pena solicitada. En primer lugar, subrayó la extensión del daño, tanto material como humano. El incendio destruyó por completo la vivienda familiar, dejando sin hogar al hijo de la pareja. En segundo lugar, resaltó la gravedad de las lesiones sufridas por Catricura, quien murió como resultado de quemaduras que cubrieron casi la totalidad de su cuerpo. También mencionó el riesgo concreto para el hijo de la pareja, que se encontraba en la propiedad en el momento del incendio. Además, el fiscal hizo hincapié en el impacto simbólico que el uso del fuego tuvo dentro de la comunidad mapuche, donde el hecho generó una fuerte conmoción social.

Por otro lado, la defensa pública de Cayún solicitó que el tribunal declarara la inconstitucionalidad del mínimo legal de 8 años de prisión, argumentando que la condenada se encontraba en una situación de vulnerabilidad. La defensa pidió que, en caso de aceptar esa solicitud, se impusiera una pena de 3 años en suspenso. Sin embargo, el tribunal rechazó el planteo de inconstitucionalidad, argumentando que no se había demostrado una desproporción manifiesta que justificara apartarse de la escala prevista para este tipo de delitos. Además, el tribunal ratificó la calificación penal establecida en la sentencia de responsabilidad.

Finalmente, los jueces determinaron que la pena a imponer sería de 8 años de prisión efectiva, el mínimo legal para este tipo de delitos. En su decisión, se valoraron atenuantes como la falta de antecedentes penales de Cayún y las lesiones graves que sufrió durante el incendio. Sin embargo, las circunstancias agravantes planteadas por la Fiscalía fueron contrarrestadas por lo que el tribunal consideró como “vulnerabilidad estructural” de la acusada.

 

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