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Lunes 19 de Mayo, Neuquén, Argentina
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La justicia ratificó la condena a la mujer que causó tres muertes en la Ruta 250

El Tribunal de Impugnación confirmó la condena de Liliana Ibáñez Padilla por causar la tragedia en la que murieron tres personas. 

Lunes, 19 de mayo de 2025 a las 15:26
Ester Liliana Padilla Ibáñez manejaba borracha una Toyota Hilux y chocó contra una Renault Duster en la que viajaban las víctimas fatales.

Las esperanzas de una reducción de pena se desmoronaron. Liliana Esther Ibáñez Padilla, la mujer que, borracha y mandadno mensajes de Whatsapp, provocó el fatal accidente que acabó con la vida de tres personas, recibió un nuevo revés judicial. Pese a que el Tribunal de Impugnación no falló aún sobre el cuestionamiento de la sentencia de 5 años y 9 meses de prisión por el homicidio culposo de los hermanos Tomás y Juan Cruz Andrade y el de la abuela de ambos, Martha, la mujer seguirá detenida.

Entre el 10 y el 12 del año pasado, se llevó a cabo el juicio oral y público, un proceso en el que cada testimonio, cada evidencia, reforzó la responsabilidad penal de la acusada. Cuando el veredicto fue anunciado el 18 de diciembre, quedó en claro que no habría escape para Ibáñez Padilla.

Los jueces fueron categóricos: su conducta al volante no fue un simple error, sino un cúmulo de negligencias agravadas. Conducción imprudente, fuga del lugar del accidente, desprecio por las señales de tránsito, una alcoholemia superior a un gramo por litro de sangre, temeridad extrema. Cada uno de estos elementos configuró un cuadro de horror en laruta 250, un instante fatal que dejó a una familia devastada: los hermanos Tomás y Juan Cruz Andrade y su abuela, Martha, murieron en el acto; Fabián Andrade, padre de los jóvenes, sobrevivió con heridas leves.

Luego del choque, Ester Liliana Padilla Ibáñez bajó de la Toyota Hilux y se fugó.

Tras la audiencia de cesura celebrada el 26 de marzo, la pena quedó sellada. Sin embargo, los abogados defensores de la condenada intentaron una última jugada para revertir la sentencia con un pedido de impugnación o  una morigeración que implique su condicionalidad.. El argumento se centró en que se trataba de un homicidio culposo simple, porque la alcoholemia positiva y la presunta fuga habían sido erróneas, por lo que sentencia resultaba desproporcionada. 

La respuesta no tardó en llegar. La fiscalía fue tajante: la sentencia abordó cada prueba con rigor, incluyendo los análisis de alcoholemia, las evidencias digitales y las pericias psiquiátricas. 2Nada de esto fue cuestionado oportunamente2, señalaron los representantes del Ministerio Público, desmoronando las expectativas de la defensa.

El abogado querellante fue aún más contundente, dejando en claro que cada cuestionamiento planteado hoy ya había sido analizado y respondido en la sentencia original. Nada cambiaba los hechos, nada modificaba el desenlace: Ibáñez Padilla seguirá tras las rejas hasta que el Tribunal de Impugnación emita su resolución definitiva. Mientras tanto, la condenada permanecerá bajo prisión preventiva, sin garantías de que sus intentos de libertad prosperen.

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