QUEDÓ CON EL 14% DE INCAPACIDAD

Se quebró en una carrera de embolsados y cobrará 2 millones

La actividad se desarrolló durante el festejo del Día de la Primavera y el seguro se negó a pagar los gastos.
miércoles, 2 de diciembre de 2020 · 00:00

Durante un juego inocente como actividad en un colegio secundario, un estudiante se fracturó la clavícula y le costará al estado rionegrino unos 2 millones de pesos, por las secuelas que lo dejaron con una incapacidad permanente.

El joven era alumno de tercer año de un colegio secundario de Chimpay. Durante una actividad recreativa por el Día de la Primavera organizada por el establecimiento, denominada juegos "intertribus", se fracturó la clavícula en una carrera de embolsados. 

De acuerdo a las pruebas presentadas en la Justicia, donde se entabló una demanda civil, quedó demostrado de qué manera se quebró y quién era el organizador de la actividad. El joven sufrió una fuerte caída que le provocó una fractura desplazada de la clavícula izquierda y la secuela fue grave: una limitación funcional irreversible de la articulación que le dejó una incapacidad laboral permanente del 14 por ciento.

La competencia era supervisada por los directivos del colegio, quienes gestionaron el traslado del alumno al hospital de Chimpay, donde se le inmovilizó el brazo. Luego fue derivado al hospital de Choele Choel y más tarde a una clínica privada, donde lo operaron y le colocaron una placa de titanio. 

Siendo objetiva la responsabilidad que pesa sobre el propietario del establecimiento educativo, en este caso la Provincia de Río Negro, ésta tiene no sólo la obligación de educar, sino también de prestar seguridad y resguardo de la salud de los integrantes de la comunidad educativa, y su incumplimiento acarrea, sin más, la responsabilidad respecto de los daños que se produzcan

Al no obtener respuestas por parte de la Horizonte, la compañía de seguros de Río Negro que cubre a los alumnos de las escuelas estatales, la familia del estudiante se presentó en la Justicia en búsqueda de un resarcimiento. Al ser citada la aseguradora, alegó que la lesión sufrida por el alumno, “por su naturaleza y gravedad no se encuentra dentro del riesgo cubierto”.

En tanto que el abogado del Estado provincial negó la responsabilidad en el accidente por considerarlo un “caso fortuito que no pudo preverse y menos aún evitarse”. Afirmó que los docentes cumplieron adecuadamente su deber, adoptando para el desafío deportivo todas las precauciones que normalmente se requieren.

La pericia médica reveló que la limitación funcional del hombro será “permanente” y “afectará al actor en su vida cotidiana”. Una pericia psicológica, por otra parte, detalló las consecuencias del accidente sobre las particularidades de la personalidad de base del estudiante y consideró necesario un tratamiento psicológico.

Al resolver, la jueza de Choele Choel hizo referencia a que "el titular de un establecimiento educativo responde por el daño causado o sufrido por sus alumnos menores de edad cuando se hallen o deban hallarse bajo el control de la autoridad escolar. La responsabilidad es objetiva y se exime sólo con la prueba del caso fortuito”.

Así, explicó que no alcanza al Estado con probar que no fue negligente en su deber de cuidado y vigilancia, ni siquiera con probar que la culpa fue del propio adolescente, sino que debe acreditar que el accidente fue un verdadero hecho fortuito, imprevisible o inevitable, cosa que no ocurrió en este caso.

“Siendo objetiva la responsabilidad que pesa sobre el propietario del establecimiento educativo, en este caso la Provincia de Río Negro, ésta tiene no sólo la obligación de educar, sino también de prestar seguridad y resguardo de la salud de los integrantes de la comunidad educativa, y su incumplimiento acarrea, sin más, la responsabilidad respecto de los daños que se produzcan”, concluyó la jueza.

La indemnización se calculó en base a una proyección de vida productiva del alumno hasta los 75 años y teniendo en cuenta “la incidencia de la lesión en su vida personal y de relación”, más los intereses acumulados desde que ocurrió el accidente. Otro monto se suma por el daño moral, contemplando los “estados de ansiedad y angustia” que sufrió el alumno.

 

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