El Juzgado Federal de Campana declaró la invalidez del decreto del gobierno de Javier Milei que vetaba la Ley de Emergencia en Discapacidad, aprobada previamente por el Congreso.
En su fallo, el juez Adrián González Charvay sostuvo que “el derecho a la salud, educación y rehabilitación de niños con discapacidad debe prevalecer frente a restricciones presupuestarias”. La decisión se produjo en el marco de un amparo presentado por los padres de dos menores con discapacidad, quienes argumentaron que buscan “asegurar que las personas con discapacidad puedan lograr y mantener la máxima independencia, capacidad física, mental, social y vocacional, y la inclusión y participación plena en todos los aspectos de la vida”, según el sitio oficial de la Agencia Nacional de Discapacidad.
El juez destacó que los afectados por la medida “son personas en situación de múltiple vulnerabilidad por su condición de niños y de personas con discapacidad (Art. 75 inc. 23, Constitución Nacional), de lo que se desprende que sus derechos deben ser objeto de una protección especial”. Además, la sentencia consideró que la decisión del gobierno “viola obligaciones internacionales de derechos humanos al mantener el desfinanciamiento del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad”.
González Charvay advirtió que “el veto cuestionado provoca como resultado directo el deterioro progresivo de servicios y prestaciones a la salud que afecta a un grupo de personas en situación de vulnerabilidad y que demandan una protección especial por parte del Estado”. El juez recordó también que la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una opinión consultiva a instancias de Argentina, reconociendo el derecho autónomo al cuidado y enfatizando la responsabilidad del Estado hacia menores de edad, adultos mayores y personas con discapacidad.
La decisión implica la vigencia automática de la Ley 27.793, que incluye compensaciones arancelarias y actualización de prestaciones, aunque puede ser apelada por el Estado ante la Cámara Federal de San Martín. En el Decreto 534/2025, el Gobierno justificó su veto argumentando que las leyes implicaban un gasto adicional de más de 7 billones de pesos en 2025 y cerca de 17 billones en 2026, sin fuentes de financiamiento ni cálculos actuariales que aseguraran su viabilidad.
La ley vetada declaraba la emergencia hasta el 31 de diciembre de 2027 y preveía un refuerzo en las pensiones no contributivas por invalidez, elevándolas al 70% del haber mínimo jubilatorio. Además, establecía que dichas pensiones serían compatibles con empleos formales, siempre que los ingresos no superaran los dos salarios mínimos.