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Martes 09 de Septiembre, Neuquén, Argentina
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Revés para los taxistas: el STJ avaló el referéndum que habilita a Uber y Cabify en Bariloche

El máximo tribunal de Río Negro desestimó la acción de inconstitucionalidad presentada por la Asociación de Propietarios de Automóviles Taxímetros. Los jueces entendieron que el reclamo no demostraba un perjuicio concreto.

Martes, 09 de septiembre de 2025 a las 09:00
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El Superior Tribunal de Justicia dejó firme la convocatoria al referéndum y marcó un revés para los taxistas de Bariloche.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro desestimó la acción de inconstitucionalidad que había presentado la Asociación de Propietarios de Automóviles Taxímetros (Apat) de Bariloche. El gremio buscaba frenar tres resoluciones del intendente que habilitaron la convocatoria a un referéndum popular, donde se incluye la posibilidad de regular plataformas electrónicas de transporte como Uber y Cabify.

La presentación fue realizada por el presidente de la Apat, quien argumentó que las resoluciones 1453-I-2025, 1459-I-2025 y 1589-I-2025 vulneraban la Constitución provincial. Según su planteo, el intendente se arrogó facultades que son exclusivas del Concejo Deliberante, dejando afuera el debate legislativo y afectando directamente la actividad y el patrimonio de los taxistas.

El gremio entendía que la consulta popular era inconstitucional porque se había convocado sin pasar por el órgano legislativo local, lo que para ellos atentaba contra el sistema representativo y republicano. En otras palabras: denunciaban que el intendente había avanzado solo, sin pedir permiso.

Pero el máximo tribunal provincial no le dio la razón. Ni siquiera analizó el fondo del reclamo. Tanto el Procurador General como los jueces coincidieron en que la acción carecía de los requisitos formales indispensables para prosperar. Señalaron que la Apat no presentó un caso judicial concreto que justificara la intervención del tribunal mediante esta vía excepcional.

El Superior Tribunal de Justicia dejó firme la convocatoria al referéndum y marcó un revés para los taxistas de Bariloche.

El fallo fue claro, para iniciar una acción de inconstitucionalidad, debe demostrarse un agravio real, inmediato y sustancial. Además, el tribunal subrayó que el referéndum no se limitaba al tema de las plataformas electrónicas de transporte, sino que también incluía otras iniciativas ajenas a los intereses del sector taxista. Por lo tanto, la Apat tampoco logró demostrar una relación directa entre la consulta popular y un daño concreto a sus representados.

Con este escenario, el STJ concluyó que los taxistas no tenían legitimación suficiente para accionar y resolvió rechazar la demanda en esta etapa inicial. En criollo: los dejó afuera de la pelea judicial. Para la Apat, el fallo significa un duro revés en su estrategia para frenar el ingreso de Uber y Cabify a Bariloche. 

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