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Lunes 09 de Marzo, Neuquén, Argentina
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La Corte Suprema confirmó la condena a un hombre de Cipolletti por abuso sexual agravado

El máximo tribunal rechazó el recurso de queja y dejó firme la sentencia.  El acusado comenzó a cumplir la pena de seis años y ocho meses de prisión en el Complejo Penal de Cipolletti

Lunes, 09 de marzo de 2026 a las 10:53
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El Complejo Penal de Cipolletti recibió al condenado tras la resolución de la Corte

La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la condena contra un hombre acusado de abuso sexual con acceso carnal y dispuso su inmediata detención. Desde el viernes pasado, el condenado cumple una pena de seis años y ocho meses de prisión efectiva en el Complejo Penal de Cipolletti.

El máximo tribunal judicial consideró inadmsible el recurso de queja presentado por la defensa, lo que dejó firme las diversas sentencias provinciales que habían ratificado la responsabilidad penal del acusado.

La investigación fue impulsada por el Ministerio Público Fiscal, que llevó el caso a juicio oral acusando al hombre de la agresión sexual ocurrida durante la madrugada del 15 de marzo de 2020 en su domicilio de Cipolletti. Según la acusación, el imputado accedió carnalmente a la víctima sin su consentimiento, cuando ambos se encontraban en el lugar junto con otras personas.

Durante el debate, la fiscalía sostuvo que la investigación se apoyó en el testimonio de la mujer, calificado como “brutalmente honesto”. La víctima reconoció haber acudido voluntariamente al domicilio junto con su prima y otras dos personas, pero aclaró que nunca brindó consentimiento para mantener un encuentro sexual. La acusación enfatizó la necesidad de juzgar el caso con perspectiva de género, destacando que el consentimiento es un aspecto central en este tipo de delitos.

La sentencia valoró la credibilidad y coherencia de la declaración de la víctima, quien admitió tener recuerdos borrosos por haber consumido alcohol, pero sostuvo con firmeza lo que vivió y padeció. Esa declaración fue corroborada por prueba objetiva y científica: testimonios, informes médicos y pericias psicológicas que acreditaron que el acceso carnal se produjo sin consentimiento.

La defensa, por su parte, alegó que la relación había sido consentida y cuestionó la valoración de la prueba, solicitando la absolución. Sin embargo, el tribunal declaró la responsabilidad penal del acusado el 14 de noviembre de 2022 y, en la etapa de cesura, se homologó un acuerdo sobre el monto de la pena.

Posteriormente, la defensa presentó recursos ante el Tribunal de Impugnación y el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, que fueron rechazados. Finalmente, la Corte Suprema desestimó el recurso de queja, dejando firme la condena y ordenando la inmediata detención del hombre.

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