La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal resolvió que el juicio oral por el hundimiento del submarino ARA San Juan se llevará a cabo en el Tribunal Oral Federal de Santa Cruz, descartando los pedidos de trasladar el proceso a Mar del Plata o a Comodoro Py.
Los jueces Mariano Borinsky y Gustavo Hornos fundamentaron que, al haberse producido el hecho en alta mar, fuera de cualquier límite jurisdiccional, corresponde mantener la competencia del tribunal de origen. Según explicaron, “la ley determina que la competencia territorial por delitos en alta mar es del juez del primer puerto argentino a que arribe el buque. Pero en este caso, tristemente, el submarino ARA San Juan no arribó a puerto alguno”.
Los magistrados advirtieron que cambiar la sede del juicio solo dilataría el proceso y que “es necesario dar la más adecuada y pronta respuesta jurisdiccional a los imputados, a las víctimas, a sus familiares y a la sociedad en su conjunto que reclama justicia”. Por ello, Casación concluyó que mantener la actual competencia asegura la mejor administración de justicia conforme al principio de economía procesal.
En el banquillo de los acusados estarán Claudio Villamide, excomandante de la fuerza de submarinos; Luis Enrique López Mazzeo, excomandante de adiestramiento y alistamiento naval; Héctor Alonso, exjefe del Estado Mayor del Comando de la Fuerza de Submarinos; y Hugo Miguel Correa, exjefe de departamento de operaciones. Todos ellos enfrentan cargos por incumplimiento de deberes de funcionario público, omisión de deberes del oficio y estrago culposo agravado, relacionados con la muerte de 44 tripulantes.
El conflicto por la competencia judicial surgió debido a que algunas partes solicitaban que el juicio se realizara en Mar del Plata, donde ocurrieron gran parte de las causas mediatas del naufragio y residen muchos testigos. También hubo pedidos de traslado a Comodoro Py. Sin embargo, el Tribunal consideró que la implosión se produjo al sur del límite entre Chubut y Santa Cruz, por lo que la competencia correspondía al Juzgado Federal de Caleta Olivia y, en consecuencia, al Tribunal Oral Federal de Santa Cruz.
Los jueces añadieron que, aunque la tragedia ocurrió más allá de las 200 millas marinas, el ARA San Juan, como buque de guerra, estaba sometido a la jurisdicción del Estado argentino, y que las decisiones sobre la navegación tomadas en CABA o Mar del Plata no alteran la jurisdicción del tribunal que investigará el caso.
Este fallo asegura que el proceso judicial avance en Santa Cruz, con el objetivo de determinar responsabilidades en la cadena de mando de la Armada Argentina y ofrecer respuestas a los familiares de las víctimas y a la sociedad.