Un joven de 18 años fue declarado culpable de abusar sexualmente de su prima de 11 años, pero no recibirá ninguna pena. La decisión se tomó tras un acuerdo entre el fiscal, la defensora de menores y la defensora oficial que representó al confeso culpable, que coincidieron en que el acusado “encauzó su vida”, estudia en el secundario y tiene informes psicológicos positivos. La víctima, en cambio, apenas es mencionada en la resolución judicial, aunque reconocieron en el fallo que su madre estuvo de acuerdo con lo actuado.
Los hechos ocurrieron entre octubre y noviembre de 2023, cuando ambos eran menores de edad. El abusador tenía 17 años y la niña 11. Según la acusación, el episodio sucedió mientras estaban solos en la casa de la bisabuela. La menor relató en Cámara Gesell que accedió por miedo y luego logró resguardarse en otra habitación, lo que permitió que se descubriera el abuso.
El caso llegó a juicio este año. En la primera audiencia, el fiscal y la defensora de menores aceptaron un acuerdo propuesto por la defensa oficial: reconocer la culpabilidad del joven pero evaluar si debía recibir sanción. El juez avaló la declaración de culpabilidad basada en pruebas firmes, como la declaración de la víctima y los informes técnicos de la Oficina de Atención a la Víctima.
Durante la audiencia para definir la pena, la defensa oficial solicitó que no se impusiera sanción. Argumentó que el acusado tiene buen rendimiento escolar, realiza tratamiento psicológico, participa en una comunidad religiosa y fue evaluado positivamente por la SENAF. Tanto el fiscal como la defensora de menores coincidieron en que no era necesario aplicar pena, destacando la “evolución favorable” del joven y su voluntad de encauzar su vida.
Finalmente, el juez homologó el acuerdo y absolvió al joven de cualquier sanción. La resolución generó críticas dentro y fuera del ámbito judicial, ya que se trata de un caso de abuso sexual infantil que concluyó sin castigo efectivo, poniendo en primer plano la polémica sobre los acuerdos judiciales que permiten la eximición de pena en delitos graves.