Un violador acordó una pena de diez años de prisión efectiva tras ser hallado responsable de dos hechos de abuso sexual contra dos niñas, ocurridos en 2020 y 2022 en Cinco Saltos. El Tribunal homologó el acuerdo de juicio abreviado alcanzado por las partes y resolvió por unanimidad imponer la pena, que quedó firme de manera inmediata al renunciar todos a la vía recursiva. La condena incluye delitos de abuso sexual simple, suministro de material pornográfico y abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal agravado por la convivencia.
El primer expediente se remonta al año 2020. Allí, el Ministerio Público Fiscal acusó al imputado por el delito de abuso sexual simple, responsabilizándolo como autor de tocamientos con ánimo libidinoso hacia una niña. Un hecho que, aunque breve en su descripción judicial, refleja la crudeza de un ataque que marcó a la víctima y abrió el camino a la investigación.
El segundo caso, mucho más grave y prolongado, se extendió durante aproximadamente dos años y tuvo como víctima a otra niña. En este expediente, la Fiscalía imputó al acusado por delitos de suministro de material pornográfico y abuso sexual gravemente ultrajante, con acceso carnal agravado por la convivencia preexistente. La convivencia, lejos de ser un espacio de protección, se transformó en el escenario del ultraje, lo que la ley reconoce como un agravante de máxima severidad.
La participación activa de las familias fue determinante. Las progenitoras y uno de los progenitores, acompañados por un abogado querellante, sostuvieron la acusación y aportaron la fuerza necesaria para que el proceso avanzara. Sin ese compromiso, difícilmente se hubiera alcanzado una condena de esta magnitud. La justicia, en este caso, se apoyó en la valentía de quienes decidieron enfrentar el dolor y exponerlo en los tribunales.
En la audiencia de lectura de sentencia, el Tribunal resolvió por unanimidad homologar el acuerdo y condenar al abusador a diez años de prisión efectiva, más accesorias legales y costas. La decisión fue categórica: al renunciar las partes a la vía recursiva, la condena adquirió firmeza inmediata. El Servicio Penitenciario Provincial fue notificado para disponer el alojamiento del condenado sin más dilaciones.