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Rawson aplica medida inédita contra deudor alimentario

Pese a ser notificado previamente de la restricción para participar de actividades recreativas y sociales, el deudor decidió presentarse igual, sin esperar que la negativa ocurriría. Este caso presenta un precedente en cuanto a la llamada "condena social".

Por Redacción

Jueves, 25 de septiembre de 2025 a las 20:04
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Un caso sin precedentes se registró en Rawson, donde un hombre fue impedido de ingresar a un complejo deportivo para jugar al pádel tras incumplir con la cuota alimentaria de su hija menor. La medida se aplicó en el marco de una Ordenanza municipal que restringe la participación en actividades recreativas, sociales, culturales y deportivas a quienes no cumplen con sus obligaciones parentales, según informó la abogada Ana Laura Ramírez (Mat 2343 CPATw), quien patrocina a la demandante.

La normativa, única en Chubut, se suma al Registro de Alimentantes Morosos (Ley III N°21) como herramienta adicional para garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes. La idea central de la medida es clara: mientras un padre se divierte, puede haber un hijo que no accede a lo más básico, como la alimentación.

El caso particular involucra a un hombre padre de tres hijos con diferentes madres. Si bien cumple con la manutención de dos de ellos, desatiende totalmente a su tercera hija, sin aportar asistencia alimentaria ni cumplir con el plan de parentalidad. Ante los reiterados incumplimientos y denuncias, la madre recurrió a la ordenanza municipal, y el juzgado correspondiente aceptó la medida y ordenó las notificaciones oficiales que restringían el acceso del hombre a actividades recreativas.

El incumplimiento del deber alimentario afecta directamente los derechos fundamentales de las niñas y niños, incluyendo la alimentación, salud, educación, vivienda y desarrollo integral. Por ello, el Estado tiene la obligación de intervenir cuando los adultos responsables omiten estas responsabilidades.

El demandado fue notificado, pero pese a ello se presentó en el club donde habitualmente jugaba pádel. La madre alertó a la policía, y los agentes le solicitaron retirarse del establecimiento, cumpliendo con la disposición judicial.

Desde la parte denunciante, la abogada Ana Laura Ramírez destacó que este accionar representa un antes y un después en la lucha por el cumplimiento de las obligaciones alimentarias. La medida, que funciona como condena social, se plantea como un recurso eficaz cuando las sanciones tradicionales no logran modificar la conducta, abriendo el debate sobre el equilibrio entre la sanción social y la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

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