Un intento de extorsión en una obra en construcción de la ciudad de Centenario terminó con una salida alternativa al juicio: cinco hombres deberán pagar en conjunto $5 millones, realizar tareas comunitarias y cumplir reglas de conducta durante distintos plazos fijados por la Justicia neuquina.
La medida fue dispuesta por la jueza de garantías Carina Álvarez, quien hizo lugar al pedido formulado por el fiscal del caso Juan Narváez y el asistente letrado Facundo Bernat, durante una audiencia en la que se resolvió aplicar la suspensión de juicio a prueba —conocida como probation— para los imputados.
El acuerdo implica que, si cumplen todas las condiciones establecidas, la causa se extinguirá y no quedarán antecedentes penales por este hecho.
Según la acusación fiscal, el episodio ocurrió el 23 de abril de 2025 en una obra ubicada en el barrio Parque Industrial de Centenario.
De acuerdo con la teoría del caso, uno de los imputados se presentó en el lugar y abordó a un trabajador de la construcción con un mensaje directo: “tendrían que haber arreglado con ellos”. La frase hacía referencia a un contacto telefónico previo en el que el hombre se habría identificado como integrante de la Unión Obrera de la Construcción (UOCRA).
En esa comunicación, siempre según la investigación, exigieron el pago de $4.000.000 a cambio de permitir que continuara la construcción de un galpón. La víctima se negó.
Lejos de finalizar allí, la situación escaló. Dos horas después, el mismo hombre regresó acompañado por los otros imputados y reiteraron la exigencia económica. Ante la presión, se dio aviso a la policía.
El rápido accionar policial permitió demorar a tres de los involucrados en el lugar e impedir que la maniobra se concretara.
La calificación legal y pago millonario
El Ministerio Público Fiscal encuadró los hechos como extorsión en grado de tentativa, en calidad de coautores, conforme a los artículos 168, 42 y 45 del Código Penal. Sin embargo, antes de avanzar hacia un juicio oral, la fiscalía solicitó la aplicación de una salida alternativa, entendiendo que se cumplían los requisitos legales para suspender el proceso bajo condiciones.
Como parte del acuerdo homologado por la magistrada, cada imputado deberá abonar $1.000.000 en concepto de reparación económica, lo que totaliza $5.000.000 destinados a resarcir el daño causado.
Además, deberán realizar tareas comunitarias en una asociación civil y cumplir una serie de pautas de conducta: fijar y mantener domicilio; someterse al control de la Dirección de Asistencia a la Población Judicializada; abstenerse de consumir estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas y no mantener contacto ni acercamiento con la víctima.
La jueza estableció distintos plazos de suspensión del proceso según el nivel de participación atribuido: 2 años y 6 meses para F.V.J.O.; 1 año y 6 meses para L.A.M. y A.J.A.; 1 año para L.A.A. y E.F.A.C.
Si alguno incumple las condiciones o comete un nuevo delito, el beneficio será revocado y el expediente avanzará hacia juicio.
Los nombres completos de los acusados permanecen bajo resguardo judicial. La razón es jurídica: si cumplen las condiciones durante el período fijado, la acción penal quedará extinguida y no registrarán antecedentes.