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Miércoles 25 de Febrero, Neuquén, Argentina
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Llevaba a una perra con el hocico atado y una cadena en el cuello: fue condenado por maltrato animal

Se consideró que el hombre ejerció maltrato animal, por lo cual deberá abonar un monto de dinero para refugios de perros de la ciudad. Los testimonios y fotografías fueron claves para declararlo responsable.

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Imagen ilustrativa.

Una terrible situación de maltrato animal se vivió en las calles de la ciudad de Villa Regina, donde una pequeña perra negra iba con el hocico atado con una soga, junto a un hombre que la trasladaba en brazos y con una cadena en el cuello.

Ante la crueldad de la escena, los vecinos del barrio intervinieron de inmediato para rescatarla del maltrato. Una mujer le exigió que la soltara, pero el hombre se negó y afirmó que el animal se lo había dado un sobrino. Finalmente, le arrebataron el perro de los brazos.

La jueza de Paz de Villa Regina condenó al hombre como responsable de una infracción al Código Contravencional por maltrato animal. Se le impuso una multa y obligaron a que el dinero fuera a una entidad de protección y cuidado de animales de la ciudad.

Junto con la denuncia hubo una fotografía adjunta, en la que se observa al perro con el hocico maniatado. También se ponderaron las declaraciones de las testigos, quienes describieron haber visto al animal maltratado.

La decisión judicial

El fallo explicó que el tipo contravencional exige la existencia de maltrato o crueldad hacia un animal y que el hecho no encuadre en los supuestos penales previstos por la ley nacional. 

El juzgado destacó la coherencia y concordancia entre sus declaraciones, que resultaron coincidentes en los aspectos centrales del hecho. El hombre no presentó pruebas en su defensa. 

Concluyeron que las conductas atribuidas configuraron actos de maltrato animal y que existió una relación directa entre el hecho denunciado y el responsable identificado.

El Código Contravencional

El Código Contravencional de Río Negro entró en vigencia el 23 de septiembre de 2022 y estableció un marco específico para abordar conductas que afectan la convivencia social sin alcanzar la gravedad de un delito penal. 

El maltrato animal fue incorporado como contravención cuando los hechos no encuadran en la ley penal nacional. Las atribuciones de los Juzgados de Paz pueden imponer sanciones como amonestaciones, multas, trabajo comunitario, pautas de conducta o incluso arresto en los casos previstos, pero no tienen competencia para investigar ni juzgar delitos, facultad que corresponde a la justicia penal.

Las sanciones previstas por el Código comienzan con amonestaciones y se gradúan según la gravedad de la conducta, incluyendo prohibiciones de asistir a determinados lugares, reparación del daño, abordaje interdisciplinario, multas, inhabilitaciones, decomiso, clausura y arresto.

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