PROYECTO MINERO AMARILLO GRANDE

Justicia rionegrina desestima recurso contra minería

Vecinos presentaron un recurso contra la extracción de uranio y vanadio entre Valcheta y Lamarque.
viernes, 5 de noviembre de 2021 · 16:40

El proyecto Amarillo Grande de la minera canadiense Blue Sky Uranium obtuvo un guiño de la Justicia rionegrina que desestimó el recurso de amparo planteado por los vecinos de Valcheta y Lamarque, quienes se oponen a la extracción de uranio y vanadio en una franja de 145 kilómetros de extensión por unos 15 de ancho entre ambas localidades y que comprenden tres campos de la región sur de la provincia. La Jueza Liliana Piccinini aseguró que "se requiere un mínimo de demostración de la posible concreción del daño" ambiental, aún entendiendo que hay incertidumbre científica sobre los riesgos de la explotación.

El pasado 25 de marzo, 13 vecinos presentaron un amparo contra la Minera Cielo Azul SA (filial argentina de la canadiense Blue Sky Uranium CO) y el gobierno de Río Negro para que se abstengan ejecutar o dar continuidad al proyecto Amarillo Grande de extracción de uranio y vanadio en los campos conocidos como Anit, Santa Bárbara e Ivana. También involucran en su planteo a cualquier empresa que la suceda en el futuro en los derechos sobre los yacimientos en detrimento de los bienes comunes como tierra, agua y aire, poniendo en riesgo potencial el medio ambiente y el equilibrio ecológico.

La vocal del STJ ponderó la contestación de demanda de la empresa, que asegura la realización de "tareas de exploración y no ha iniciado ninguna explotación; y que no existe pedido alguno de autorización administrativa e inclusive en las áreas que han sido otorgadas. Tampoco consta en la causa la existencia de daños concretos actuales o futuros derivados de este tipo de actividad". Y le dio peso a la opinión del Procurador General Jorge Crespo, que no advierte arbitrariedad o ilegalidad manifiesta en el proceder de la administración.

Pichinini sostiene que llegado el momento, existirá un estudio de impacto ambiental y supervisión de la autoridad competente, con una instancia de participación ciudadana. Y calificó a la presentación realizada por los vecinos como "apreciaciones meramente subjetivas, derivadas de temores o aprehensiones que les genera la actividad minera, pero sin un correlato concreto en los hechos de la causa. Más aún, se explayan en la referencia a experiencias negativas de otros lugares, pero no demuestran daño inminente, urgencia o peligro en la demora".

La vocal del STJ, que hizo caso omiso a la intimación a jubilarse que le hizo la ANSES, asegura que la empresa "ha cumplido con los requerimientos regulados por la legislación vigente" y que la "Secretaría de Minería -en relación al Proyecto Amarillo Grande- da cuenta que todos los actos relativos al procedimiento que llevaron a la adquisición y conservación de los derechos mineros de la empresa, tienen efectos legales desde que se ajustaron a las disposiciones del Código de Minería y al procedimiento minero".

Y terminó su justificación señalando que "aún existiendo una incertidumbre científica respecto al riesgo, se requiere un mínimo de demostración de la posible concreción del daño". 

Los amparistas cuestionan la autorización que le otorgó el gobierno provincial en 2013, que le permite a la Minera Cielo Azul  a utilizar agua para el desarrollo de sus actividades. Y que esto fue revalidado por la gobernadora Arabela Carreras sin contemplar la afectación la biodiversidad y la economía de toda la región, en cercanías de las poblaciones de la Línea Sur -en especial Valcheta- y ciudades aledañas al río Negro, en medio de áreas naturales protegidas y reservas paleontológicas preservadas por leyes provinciales.

En la presentación del amparo sostuvieron que este mega proyecto minero fue puesto en marcha sin haberse observado las disposiciones relativas al uso y explotación de los suelos y proponen estudios científicos que acreditaron daños graves sobre el medio ambiente y la salud derivados de la minería de uranio y vanadio. Y además se viola de manejo del Área Natural Protegida de la Meseta de Somuncurá.

Picchinini realizó un extenso análisis que deriva en la inadmisibilidad, porque no se acreditan los daños que los vecinos plantean que se pueden producir.  Asegura que estas acciones están previstas para los casos de extrema urgencia y sólo procede cuando se han cercenado derechos y garantías constitucionales que no encuentran adecuados medios para su defensa. Y que en este caso no se plantea la urgencia, gravedad, irreparabilidad del daño e ilegalidad manifiesta.

Además de que los proyectos de explotación de uranio y vanadio implican "privilegios y exenciones tributarias, económicas y monopólicas, al derivar en una situación de grave impacto social y cultural en relación a las actividades agrícola-productivas que hay en la actualidad".

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