Un tribunal de revisión integrado por los jueces Marco Lupica Cristo, Juan Pablo Encina y la jueza Carolina García resolvió revocar parcialmente la inhibición general de bienes que el juez de garantías Lucas Yancarelli había dictado el pasado 17 de octubre contra la exvicegobernadora Gloria Ruiz y una de las funcionarias imputadas en la causa conocida por los millonarios contratos de publicidad en la Legislatura.
La decisión judicial llega tras el planteo presentado por las defensas de Ruiz y de una funcionaria, quienes solicitaron que se deje sin efecto la medida por considerarla arbitraria y desproporcionada, señalando además que excedía el monto que la fiscalía pretendía cautelar.
Gloria Ruiz, su hermano Pablo y dos exfuncionarias de la Legislatura fueron imputados por la Fiscalía de Delitos Económicos en una causa que investiga presuntas irregularidades en contrataciones millonarias de publicidad institucional y la compra de una camioneta durante su gestión como vicegobernadora. La investigación avanza en varias líneas, entre ellas el análisis contable de los contratos adjudicados y el posible perjuicio económico al Estado provincial.
En su resolución, el tribunal cuestionó la forma en que el juez Yancarelli definió la inhibición. Los magistrados entendieron que este tipo de medidas cautelares no pueden aplicarse de manera amplia o genérica, y remarcaron que, si existen bienes determinados, debe procederse mediante embargos específicos por un monto concreto, no sobre la totalidad del patrimonio.
El fallo destacó que el juez de garantías no explicó por qué no se podían embargar bienes determinados, limitándose a afirmar que el embargo “no alcanzaba”, pero sin fundamentar los motivos. Además, se observó que no se basó en una pericia contable, sino que el monto fijado fue resultado de un cálculo aproximado sin respaldo técnico.
Afectación a bienes inembargables
El tribunal también hizo foco en otro punto relevante: la medida alcanzaba incluso bienes inembargables, como las cuentas jubilatorias de una de las imputadas. La resolución advierte que la inhibición general de bienes debe limitarse a bienes registrables y no puede extenderse de manera automática a todo el patrimonio, sin evaluar la situación económica individual de cada imputada. “El juez definió un monto sin conocer los gastos reales ni la composición patrimonial de las personas afectadas”, señalaron los integrantes del tribunal.
Lo que resolvió el Tribunal
Por unanimidad, los jueces dispusieron revocar parcialmente la decisión de Yancarelli en lo relativo a la inhibición general de bienes, ordenando que se adecue la medida conforme a los criterios establecidos: embargos concretos, montos justificados y respeto por los límites legales sobre bienes inembargables.
La resolución implica un revés para la fiscalía, que había solicitado la cautelar como parte de la estrategia para garantizar una eventual reparación económica por los presuntos delitos cometidos en la administración de fondos públicos de la Legislatura neuquina durante la gestión de Ruiz.