¿Quiere recibir notificaciones de alertas?

Viernes 22 de Agosto, Neuquén, Argentina
Logo Am2022

“No puedo sola”: una madre albañil, con una hija con discapacidad, logró que el papá pague

Se gana la vida con changas de albañil mientras cría sola a sus hijas, una de ellas tiene con discapacidad. La Justicia de Luis Beltrán resolvió que el padre, ausente desde la separación, pague la cuota alimentaria.

Viernes, 22 de agosto de 2025 a las 08:15
PUBLICIDAD
La mamá contó que sola no podía cubrir los gastos de salud y educación de sus hijas.

Se borró hace años, no volvió a verlas y tampoco dejó un peso. Mientras tanto, la madre se las ingenió para criar sola a sus dos hijas, una de ellas con discapacidad, entre changas de albañilería y noches sin dormir. Ahora, una jueza de Familia de Luis Beltrán le puso un límite al hombre: tendrá que pasar la cuota alimentaria que corresponde.

La mujer contó en el expediente lo que en el pueblo ya se sabía: que el padre había desaparecido de la vida de las chicas y que ni siquiera ayudaba con los gastos básicos. Educación, salud, ropa, remedios e insumos especiales para la niña con discapacidad, todo salió de su bolsillo.

El hombre, en cambio, trabaja por temporada en una empresa, tiene empleo registrado y no sufre ningún impedimento físico. Sin embargo, no se presentó al juicio, no ofreció pruebas y ni siquiera respondió la demanda. Esa desidia fue tomada en cuenta por la jueza, que marcó que su actitud demuestra falta total de interés.

La resolución fue clara: los hijos tienen necesidades impostergables y el padre está obligado a realizar “esfuerzos razonables” para cubrirlas. No puede excusarse con que gana poco, salvo en situaciones extremas. La magistrada recordó que el cuidado cotidiano que asumió la madre también cuenta como aporte económico, algo que la ley contempla.

En pocas palabras: se acabó la excusa del “no tengo”. A partir de ahora, el hombre tendrá que cumplir con su responsabilidad como padre y garantizar, al menos en parte, el futuro de sus hijas.

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD