El Juzgado en lo Civil y Comercial N° 1 de San Nicolás condenó a una compañía de seguros y a su prestadora de auxilio mecánico a pagar una indemnización de $1.500.000 por dejar a una familia esperando más de 10 horas una grúa en la Ruta 2.
El hecho ocurrió el 5 de enero de 2023, durante la madrugada, cuando una mujer regresaba de la Costa Atlántica por la Autovía 2. El vehículo, un Renault Sandero, sufrió un desperfecto técnico a la altura de las localidades bonaerenses de Maipú y Las Armas.
Según se acreditó en el expediente, pese a los reiterados llamados a la línea de emergencias —que prometía atención las 24 horas— la asistencia no llegó en un plazo razonable.
Auxilio recién al mediodía
Ante la falta de respuestas, la conductora debió solicitar ayuda a la concesionaria vial, que trasladó el auto hasta una estación de servicio para resguardar a la familia. La grúa enviada por la aseguradora arribó recién cerca de las 13:00, unas diez horas después del primer pedido, y provenía desde Mar del Plata.
El juez consideró que la demora fue injustificada, ya que las empresas no lograron demostrar falta de prestadores disponibles ni la existencia de fuerza mayor.
La Justicia aplicó la Ley de Defensa del Consumidor
La conductora fue reconocida como usuaria
Uno de los puntos centrales del fallo fue el reconocimiento de la legitimación activa de la mujer. Aunque no figuraba como titular de la póliza, el tribunal aplicó la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240), que equipara a los usuarios y destinatarios finales del servicio con los consumidores directos.
De este modo, el magistrado sostuvo que la conductora estaba habilitada a reclamar por el incumplimiento del servicio de asistencia mecánica.
Indemnización por daño moral
La sentencia fijó la indemnización en concepto de daño moral, al considerar que la prolongada espera en la ruta generó una situación de angustia, incertidumbre y desamparo, que excede una simple molestia.
En cambio, el tribunal rechazó el reclamo por daño punitivo, al entender que no se probó una conducta dolosa ni un grave desprecio hacia el consumidor, sino un incumplimiento contractual.
Reclamos rechazados y alcance del fallo
La demanda presentada por otros dos acompañantes fue desestimada, ya que no se pudo acreditar de manera fehaciente que se encontraran en el vehículo al momento del hecho.
El fallo sienta un precedente relevante en materia de servicios de auxilio mecánico, al exigir a las aseguradoras cumplir con estándares de plazo razonable y reforzar la protección de los usuarios en rutas nacionales y provinciales.