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Chocó con su auto a un motociclista y lo condenaron pero ¿qué pena le dieron?

Recibió una pena de un año de prisión en suspenso e inhabilitación para conducir. También deberá realizar un curso de manejo defensivo

Por Redacción

Miércoles, 15 de octubre de 2025 a las 14:54
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El accidente le provocó lesiones graves al automovilista // Imagen ilustrativa

Un accidente ocurrido en Chos Malal en el que un motociclista fue atropellado por el conductor de un auto que avanzó sobre él pese a estar en un área en la que el otro rodado tenía prioridad de paso derivó en una condena para el automovilista, al que le dieron un año de prisión en suspenso.

Se trata de Luis Eduardo Fuentes, quien fue declarado responsable en septiembre, por el delito de lesiones culposas gravísimas en calidad de autor, según lo establece el Código Penal. Fue debido al terrible daño que le provocó al motoquero.

Durante una audiencia de determinación de la pena, la fiscal del caso Natalia Rivera presentó ante el juez Diego Chavarría Ruíz el acuerdo alcanzado con la defensa y los abogados querellantes que representaron a la víctima. El convenio contempló la pena de prisión en suspenso y una serie de reglas de conducta: no cometer nuevos delitos, fijar domicilio, abstenerse del consumo de estupefacientes y presentarse periódicamente ante la población judicializada durante tres años.

Asimismo, fuentes fue inhabilitado para conducir cualquier tipo de vehículo por el plazo de tres años y deberá realizar un curso de manejo defensivo.

Al fundamentar la pena, las partes consideraron como atenuante que el condenado no tenía antecedentes penales. En cambio, se valoró como agravante que el vehículo que conducía —una camioneta Ford Ranger— tenía instalado un bumpers metálico rígido, un elemento no deformable y prohibido por la legislación vial, que agravó las lesiones sufridas por la víctima.

“Ese elemento provocó que la lesión fuera mucho más grave que si hubiese sido con un vehículo sin ese accesorio, que está absolutamente prohibido”, señaló la fiscal Rivera durante la audiencia. El juez Chavarría Ruíz homologó el acuerdo en todos sus términos.

¿Cómo fue el accidente?

Todo ocurrió el 30 de septiembre de 2024, cerca del mediodía, en la intersección de calles Villegas y Mendoza, en el barrio Don Bosco de Chos Malal.

Fuentes conducía por calle Mendoza, de doble sentido y de ripio, a 41,5 km/h, superando el límite máximo permitido en zonas urbanas. En la esquina con Villegas, embistió a un motociclista que circulaba en una Honda 125 cc y que tenía prioridad de paso por su derecha, conforme a la Ley Nacional de Tránsito 24.449.

El impacto fue con el sector frontal derecho de la camioneta contra el lateral izquierdo de la moto, lo que provocó que la víctima cayera al suelo y se desplazara hasta una acequia ubicada a un costado de la calzada.

Según la fiscalía, el vehículo de Fuentes contaba con modificaciones irregulares: “El rodado mayor presenta elementos agregados que alteran la originalidad del mismo, en particular un sistema de defensa metálico prohibido, que constituye un riesgo para otros” remarcó, dando cuenta del agravante.

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