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Jueves 23 de Octubre, Neuquén, Argentina
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Google obligado a editar un video de YouTube tras fallo judicial en Río Negro

Una joven rionegrina logró que la Justicia ordene a Google eliminar parte de un video que la exponía en YouTube. El fallo marca un precedente en la defensa de la imagen personal frente a los gigantes digitales, sin caer en censura.

Jueves, 23 de octubre de 2025 a las 16:16
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La joven sintió que un video de YouTube dañaba sus derechos y la Justicia le dio la razón

Una joven de El Bolsón logró que la Justicia rionegrina ordene a Google eliminar parte de un video de YouTube que, según denunció, afectaba su intimidad, su reputación y su bienestar emocional. La jueza Paola Bernardini, resolvió que se borre desde el minuto 17:49 en adelante, para protegerla sin caer en censura previa.

Todo empezó el 7 de septiembre, cuando la abogada Marcela Fragalá presentó una medida urgente ante el Juzgado Multifueros N°11. La figura legal que usó se llama “medida autosatisfactiva”, y se aplica cuando hay riesgo real de que los derechos de una persona sufran un daño difícil de revertir. En este caso, el pedido apuntaba a frenar la difusión de un video que ya estaba circulando en YouTube y que, según la denunciante, la exponía de forma injusta.

La presentación no se quedó ahí. También exigía que se eliminen todos los rastros digitales vinculados a su nombre: comentarios, enlaces, resultados en buscadores. El reclamo incluyó a la empresa Multichannel Media Sales Argentina SRL, con sede en Buenos Aires, que habría tenido participación en la difusión del contenido.

Al analizar el caso, la jueza Bernardini reconoció que no era una decisión sencilla. Dijo que se trataba de un conflicto “complejo”, porque ponía en juego derechos fundamentales que muchas veces chocan entre sí. Por un lado, el derecho al honor, la imagen y la dignidad. Por el otro, la libertad de expresión y el acceso a la información. Todos están protegidos por la Constitución, pero ninguno es absoluto.

Para tomar una decisión, la magistrada se apoyó en el principio de proporcionalidad. Citó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que establece que cualquier restricción debe ser razonable y no exagerada en relación al beneficio que se busca. En otras palabras, no se puede tapar el sol con la mano, pero tampoco dejar que alguien se queme.

En su resolución, Bernardini fue clara: “Cualquier persona merece ser respetada en su dignidad, reputación y propia imagen”. Y agregó que no se puede usar la libertad de expresión como escudo para injuriar. Por eso, ordenó que se elimine solo una parte del video, desde el minuto 17:49 en adelante. Así, buscó proteger a la víctima sin borrar contenidos lícitos ni limitar el derecho de otros usuarios a informarse.

La decisión marca un precedente importante. No solo por el resultado, sino por el enfoque. En lugar de aplicar un “todo o nada”, la jueza optó por una solución quirúrgica, que reconoce el daño sin caer en censura

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